Economía de Cantabria
Blanca Llanes Parra es licenciada en Administración y Dirección de Empresas y licenciada en Historia (Premio al Estudiante Sobresaliente) por la Universidad de Cantabria (España). Es doctora por el Programa de Doctorado Conjunto en Historia Moderna de la Universidad de Cantabria y la Universidad Autónoma de Madrid, y tiene un máster en Estudios Museísticos por la Universidad de Nueva York (MA Thesis Award-Honorable Mention). Actualmente es investigadora doctora senior en el Instituto Universitario de Estudios de la Mujer de la Universidad de Valencia, trabajando dentro del proyecto europeo CIRGEN: Circulating Gender in the Global Enlightenment: Ideas, Networks, Agencies, financiado por el Consejo Europeo de Investigación (ERC Advanced Grant 2017, 787015).
Fue becaria postdoctoral en la Universidad de Valencia y en la Universidad de Cantabria, becaria de investigación predoctoral en la Universidad de Cantabria y becaria predoctoral del programa FPU del Ministerio de Ciencia y Educación de España. También realizó estudios complementarios de postgrado en gestión cultural (Museum Studies) en la Universidad de Nueva York, financiados por el Ministerio de Cultura de España-Comisión Fulbright y la Fundación Marcelino Botín. En Nueva York trabajó en la Colección Patricia Phelps de Cisneros.
Mapa de cantabria
“Sois los auténticos cántabros, porque una vez que salís de aquí no olvidáis la tierra, volvéis, la defendéis y habláis de ella, alejándoos. Qué más puedo decir que gracias… sois”, subrayó Revilla, con quien el presidente, consejero de Interior, Justicia y Acción Exterior, Paula Fernández Viana, es competente en la materia.
El presidente y la ministra reiteraron su compromiso de seguir apoyando “decididamente” a las Casas de Cantabria con medidas como los cerca de 100.000 euros que el Gobierno ha dispuesto este año para financiar 16 proyectos en ocho centros o para facilitar los retornos. cántabros que viven en el extranjero o en otros puntos de España con un presupuesto total de 45.000 euros.
Por otro lado, el jefe del Ejecutivo ha informado a los representantes de los centros regionales del estado actual de la Comunidad Autónoma, que, como el resto de España y del mundo, no ha sobrevivido a las consecuencias de la guerra de Ucrania. Sin embargo, les ha dado la bienvenida a una tierra que actualmente está “de moda”, como demuestran los datos de afluencia de turistas en verano, así como el modesto aumento de población que ya experimentan algunas ciudades, debido a la pandemia tras el cambio y también a la inversión regional en carreteras, clínicas, médicos, colegios y el despliegue de Internet de alta velocidad.
Gobierno de Cantabria
El Gobierno de Cantabria es una de las instituciones estatutarias que conforman la Comunidad Autónoma de Cantabria. Es el órgano colegiado superior que dirige la política y la Administración de su comunidad autónoma española, y al mismo tiempo el titular del poder ejecutivo así como de la potestad reglamentaria sobre dicho territorio.
Cada cuatro años se celebran las Elecciones Autonómicas, en las que los electores de Cantabria votan al partido político que quieren que gobierne. Los miembros del Parlamento de Cantabria elegidos deben elegir al Presidente de Cantabria, y éste a sus consejeros.
Parlamento de Cantabria
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Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 21 de diciembre de 2011.#N. S. (C-411/10) contra Secretary of State for the Home Department y M. E. y otros (C-493/10) contra Refugee Applications Commissioner y Minister for Justice, Equality and Law Reform.#Referencias para una decisión prejudicial: Court of Appeal (England & Wales) (Civil Division) – Reino Unido y High Court of Ireland – Irlanda.#Derecho de la Unión Europea – Principios – Derechos fundamentales – Aplicación del Derecho de la Unión Europea – Prohibición de los tratos inhumanos o degradantes – Sistema Europeo Común de Asilo – Reglamento (CE) nº 343/2003 – Concepto de “países seguros” – Traslado de un solicitante de asilo al Estado miembro responsable – Obligación – Presunción iuris tantum de respeto de los derechos fundamentales por parte de dicho Estado miembro.#Asuntos acumulados C-411/10 y C-493/10.